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Tapiales, 5 de Abril del 2005

 FORMULAMOS DENUNCIA POR MAL COBRO DE TARIFAS DE LUZ

 Al Secretario General de la Presidencia de la Nación

Dr. Oscar Parrilli

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 De mi mayor consideración:

Por la presente, en nuestro carácter de representantes de los operadores y productores del Mercado Central de Buenos Aires, nucleados en la Cámara de Operadores Mayoristas Frutihortícolas del Mercado Central de Buenos Aires (CO.MA.FRU.) nos dirigimos a UD. a los efectos de manifestar lo siguiente:

La ley 24.065 determinó el Marco Regulatorio Eléctrico que ha fijado como objetivos, proteger adecuadamente los derechos de los usuarios.

La Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, implementan tales aumentos ilegales y utiliza una escala tarifaria que fija la corporación por fuera de la tarifa oficial. Al respecto el REGLAMENTO DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS EMPRESAS EDENOR S.A., EDESUR S.A. Y EDELAP S.A. (t. O Resolución ENRE 82/2002) establece entre las obligaciones del titular y/o usuario lo siguiente: “ No suministrar, No ceder total o parcialmente, Ni vender a terceros, bajo ningún concepto, en forma onerosa o gratuita, la energía eléctrica que la DISTRIBUIDORA suministre.

A solicitud de la DISTRIBUIDORA o del USUARIO el ENRE resolverá por vía de excepción los casos particulares que se le sometan a su consideración” (art. 2 inc. H).

 

El Convenio de Creación y Estatuto de la Corporación del Mercado Central de   Bs. As., el mismo NO AUTORIZA A MODIFICAR LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS ELECTRICOS QUE ESTAN ESTABLECIDAS EN LA LEGISLACION NACIONAL Y SON DE ORDEN PUBLICO.

La Resolución de la Secretaría de Energía Nº 552/04 del 28/05/2004 está “MAL APLICADA” Además no se aplican los descuentos  para T1G1; T1G2 y T1G3 y la compensación a las tarifas T2 y T3 que resulten de la aplicación de la RESOLUCION 552/04.

La Corporación actúa como un intermediario entre EDENOR S.A. y los permisionarios cobrando tarifas en exceso de las oficiales.

Existe un grave error en la aplicación de  un Costo de Mantenimiento y Distribución  del $0,02/ Kw como “Peaje”, que EDENOR SA lo cobro a la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires en el COSTO FIJO,, lo cual es una  “DISTORSIÓN” de la LEY 24.065 y de las Reglamentaciones posteriores.

La presente motivó un reunión mantenida en el ENRE (Ente Nacional de Regulación de la electricidad) sin que hasta el presente se haya solucionado la cuestión y continuando, la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, cobrando una facturación inadecuada e ilegal.

En consecuencia, solicitamos se aplique la tarifa oficial vigente, conforme el cuadro tarifarlo existente a la fecha en la facturación que emite el Mercado Central.

Sin más, saludo a UD. atentamente.

 

Pedro Toledo                                        Carlos Rodríguez

 

 

Denuncia por mal cobro de tarifas de luz - 5/4/05

Boletín por electricidad - 30/3/2005

Boletín por horarios - 30/3/2005

Nueva Normativa de Rentas (Pcia. de Bs. As.) - 29/3/05 

Modelo de Carta por consumo electrico tarifas: T1 G1; T1 G2; T1 G3

 

Autopista Ricchieri y Boulogne Sur Mer - Mercado Central de Buenos Aires
Centro Administrativo 1º Piso Of. 118
TEL/FAX: (011) 4442-8831

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